Jueves 23 de Diciembre, 2021
Ayudas para autoconsumo eléctrico, almacenamiento e instalaciones térmicas con fuentes de energía renovable
Beneficiarios:
– Empresas.
– Particulares.
– Administraciones públicas.
– Organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
Actuaciones subvencionables:
a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Para empresas, programa de incentivos 1, 2 y 3.
Para particulares, administraciones públicas y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, programa de incentivos 4 y 5.
Para particulares, programa de incentivos 6.
Importe:
Las cuantías y límites de las ayudas para cada una de las actuaciones subvencionables y para cada tipo de beneficiario, se indican en el anexo III del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Los pueblos de la comarca, se beneficiarán de una ayuda adicional por tener menos de 5000 habitantes.
Presentación de solicitudes:
Hasta el 31 de diciembre de 2023 de forma telemática, mediante los formularios disponibles en la sede electrónica www.jccm.es
Estas ayudas se concederán por orden de entrada.
Documentación:
– Anexo I para los programas de incentivos 1, 2 y 3.
– Anexo II para los programas de incentivos 4 y 5.
– Anexo III, para el programa de incentivos 6.
– Anexo IV, para los programas 1, 2, 3, 4 y 5, en el caso de que incorporen instalación de almacenamiento.
– Anexo V, para el programa de incentivos 4.
Además, se aportará la documentación indicada en cada uno de los Anexos de solicitud correspondiente.
Otros datos:
Estas ayudas no serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad.
Toda la información de estas ayudas:
– Para los programas de incentivos 1, 2 y 3 https://bit.ly/3qllaeb
– Para los programas de incentivos 4 y 5 https://bit.ly/3eiYlSN
– Para el programa de incentivos 6 https://bit.ly/3sBZ0a6