El proyecto de "Tenemos un Pueblo para Ti", Se está impulsando desde el Grupo de Acción Local de la Sierra del Segura. El Grupo de Acción Local de la Sierra del Segura es una entidad privada sin ánimo de lucro que se constituyó como asociación el día 9 de abril del 2001.

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Ayudas para el autoconsumo eléctrico

Recursos de la Comarca
Jueves 23 de Diciembre, 2021

Ayudas para autoconsumo eléctrico, almacenamiento e instalaciones térmicas con fuentes de energía renovable

Beneficiarios:

– Empresas.

– Particulares.

– Administraciones públicas.

– Organizaciones privadas sin ánimo de lucro.

 

Actuaciones subvencionables:

a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

 

Para empresas, programa de incentivos 1, 2 y 3.

Para particulares, administraciones públicas y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, programa de incentivos 4 y 5.

Para particulares, programa de incentivos 6.

 

Importe:

Las cuantías y límites de las ayudas para cada una de las actuaciones subvencionables y para cada tipo de beneficiario, se indican en el anexo III del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Los pueblos de la comarca, se beneficiarán de una ayuda adicional por tener menos de 5000 habitantes.

 

Presentación de solicitudes:

Hasta el 31 de diciembre de 2023 de forma telemática, mediante los formularios disponibles en la sede electrónica www.jccm.es

Estas ayudas se concederán por orden de entrada.

 

Documentación:

– Anexo I para los programas de incentivos 1, 2 y 3.

– Anexo II para los programas de incentivos 4 y 5.

– Anexo III, para el programa de incentivos 6.

– Anexo IV, para los programas 1, 2, 3, 4 y 5, en el caso de que incorporen instalación de almacenamiento.

– Anexo V, para el programa de incentivos 4.

Además, se aportará la documentación indicada en cada uno de los Anexos de solicitud correspondiente.

 

Otros datos:

Estas ayudas no serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad.

 

Toda la información de estas ayudas:

– Para los programas de incentivos 1, 2 y 3 https://bit.ly/3qllaeb

– Para los programas de incentivos 4 y 5 https://bit.ly/3eiYlSN

– Para el programa de incentivos 6 https://bit.ly/3sBZ0a6

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